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Con el nuevo reglamento para el sector de organizaciones sin fines de lucro, sólo al culminarse el proceso de inscripción a través del “sistema integrado de reporte de operaciones – SIRO”, la SEPRELAD asignará un nivel de segmentación a cada entidad, del 1 al 3, en ese mismo orden de exigencias.
Las exigencias comunes para cualquier OSFL inscripta bajo las nuevas normativas de prevención, para los tres niveles, son:
- Contar con “Encargado de Cumplimiento” (niveles 1 y 2) u “Oficial de cumplimiento” (nivel 3)
- Tener un plan de capacitación anual.
- Llevar registro por tipo de ingreso.
- Registro actualizado de zonas geográficas de incidencia de la organización.
- Cumplir con registros en la Dirección General de personas y estructuras jurídicas y de beneficiarios finales.
- Sistema de prevención basado en riesgos.
- Procedimientos con personas físicas o jurídicas vinculadas a los ingresos de la organización, excepto actividades de recaudación masiva, que cuenta con su procedimiento propio.
- Remitir el formulario anual de información a la SEPRELAD, según la Resolución 95/2023.
Para el nivel 2 se agregan:
- Programa anual de trabajo del Encargado de Cumplimiento, que puede ser un directivo o colaborador sin otros mayores requisitos.
- Protocolo de buenas prácticas (*)
- Presentación de nómina de integrantes de la máxima autoridad de dirección dentro de los 30 días del cambio de autoridad.
- Sistema de registro y monitoreo de ingresos y egresos en formato digital.
Para el nivel 3 se agregan:
- Concurso de un Oficial de Cumplimiento, debiendo ser de nivel universitario.
- Manual de Prevención (*).
- Código de Ética y Conducta (*).
- Evaluar los factores de riesgos conforme a criterios proporcionados por la Evaluación Nacional de Riesgos del país y su actualización.
- Revisión anual de Auditoria Externa.
(*) conjunto de “Documentos de Gobernanza” para el sector OSFL
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