Quiero apoyar a una ESFL: cuándo esperar recibo y cuándo factura?

“No hay mal, que por bien no venga” dice el refrán.  Y es cierto:  la exposición mediática de la existencia, actividades y financiamiento de las entidades sin fines de lucro en el Paraguay, gracias a un sector político, pero con fines persecutorios y genocidas, está dando un giro insospechado. Un efecto búmeran.

Las ESFL decididas a seguir prendidas a la consideración de la Sociedad, en favor de sus beneficiarios, trabajarán por su fortalecimiento institucional mediante autoevaluaciones que incluyen la gestión de recursos y su verdadera rendición de cuentas. Y vale señalarlo:  en la depuración y distanciamiento prudente de las organizaciones de fachada y financiadas de forma privilegiada por cercanías al poder de turno.

Personas particulares de buen corazón y empresas con compromiso social siempre tendrán sensibilidad y querrán cooperar. 

Reconocen que entre sus actividades normales (profesión, servicios, bienes que ofrecen) y las necesidades de otras personas, existen entidades especializadas para administrar recursos para hacerlos llegar a los beneficiarios con eficiencia y eficacia. Y que, otorgar directamente ayudas, crea dependencia;  se traduce en asistencialismo y cierta forma de “clientelismo”.

Entonces, surge la pregunta: ¿cómo puedo cooperar con los fines de las ESFL con las que simpatizamos en sus fines, público meta,  metodología de trabajo, etc.?.

Pues bien, hay dos maneras:  si quiero visibilidad o no.

    ¿Qué implica donar?

    ¿Qué implica ser auspiciante, patrocinador o sponsor de ESFL?

    Observaciones:

    1. Si, como donante, insisto en pedir, condicionar o exigir a la ESFL beneficiaria que emita “factura” para que me sea “deducible”, estoy haciendo mal, pues se dice más arriba, la donación no es una venta de bienes o servicios.
    2. Si llevo a mi Contabilidad una factura en concepto de “donación”, bien la DNIT podría objetarme y solicitar una rectificación de mi declaración impositiva, y sancionar a la ESFL que la emitió, pues es una falta administrativa ante las normativas vigentes.
    3. Si mi empresa otorga becas de estudio a sus colaboradores y  la entidad educativa recibe, a cambio, mis mercaderías, productos o servicios, será un caso que debo facturar, siempre con IVA, a cambio de facturas en exentas, porque la educación está liberada de impuestos.
    4. Lo mismo que el punto 3. aplica si otorgo coberturas de salud a mis colaboradores a cambio de mis mercaderías, productos o servicios.  Por ejemplo: aseguro a mis colaboradores en el Hospital Universitario de la Universidad Católica, sin fines de lucro, y a cambio le proveo insumos hospitalarios o servicios informáticos, durante el tiempo de vigencia del contrato entre las partes.

    Por una Sociedad Civil fortalecida, en crecimiento, útil y transparente, en sintonía con empresas y estado, ¡sigamos haciendo Patria!

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